Los emprendedores para saber si están en la obligación de llevar contabilidad deben estar en los siguientes parámetros:

  • Personas naturales y sucesiones indivisas que cuenten con;

– un capital superior de $ 180.000 desde el 1ro de enero de cada año fiscal

– O ingresos anuales superiores a $ 300.000

– O cuyos costos o gastos anuales relacionados con la actividad económica sean superiores a $ 240.000

  • Todas las sociedades controladas por la Superintendencia de compañías están obligadas a llevar contabilidad

 

  • Las personas naturales que no alcancen los montos establecidos, deberán llevar un registro de ingresos y gastos. En el siguiente link puedes ver un modelo

Link: https://youtu.be/WvbN13f3New

 

Base legal

Ley de Régimen tributario interno articulo 19 y Reglamento de la LRTI artículos 37 y 38

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