Los emprendedores para saber si están en la obligación de llevar contabilidad deben estar en los siguientes parámetros:
- Personas naturales y sucesiones indivisas que cuenten con;
– un capital superior de $ 180.000 desde el 1ro de enero de cada año fiscal
– O ingresos anuales superiores a $ 300.000
– O cuyos costos o gastos anuales relacionados con la actividad económica sean superiores a $ 240.000
- Todas las sociedades controladas por la Superintendencia de compañías están obligadas a llevar contabilidad
- Las personas naturales que no alcancen los montos establecidos, deberán llevar un registro de ingresos y gastos. En el siguiente link puedes ver un modelo
Link: https://youtu.be/WvbN13f3New
Base legal
Ley de Régimen tributario interno articulo 19 y Reglamento de la LRTI artículos 37 y 38