Durante los últimos años mucho se ha hablado sobre las microempresas y su popularidad se debe principalmente a los beneficios que este régimen comprende. Entre ellos se encuentran:

  • La presentación de la declaración del Impuesto al Valor Agregado IVA de forma semestral, y de manera mensual solo en los casos que así lo deseen los microempresarios.
  • La presentación de la declaración del Impuesto a los Consumos Especiales ICE de forma semestral, también con opción a realizarla de manera mensual.
  • La presentación de la declaración de Impuesto a la Renta se realizará de forma semestral. Se presentará incluso en los casos en los que los contribuyentes no hubiesen registrado ingresos, en este caso la declaración será informativa.
  • La declaración de Retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta se presentarán de manera semestral. Y en los casos en los que el contribuyente no hubiese realizado retenciones, no deberá presentar dicha declaración.
  • La presentación del Anexo Transaccional Simplificado ATS guarda relación con la presentación de la declaración del IVA. Es decir, si el contribuyente optó por presentar la declaración del IVA de manera semestral, la declaración del ATS también deberá realizarse de manera semestral.
  • La presentación del Anexo ICE depende de la fecha en la que contribuyente haya optado para presentar la declaración del ICE. En este sentido, si la presentación de la declaración del ICE se realiza de manera semestral, también así se efectuará la presentación del Anexo ICE.

Fechas de presentación:

  • Las declaraciones semestrales se presentarán en julio y enero de cada año según el noveno dígito del RUC.
  • Las declaraciones mensuales se presentarán al mes siguiente del periodo fiscal declarado y de acuerdo al noveno dígito del RUC.

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